Proyecto de Cableado Estructurado (PEC)
Las obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación realizadas sobre inmuebles, deberán adjuntar como parte del Proyecto de Obras un proyecto específico de cableado estructurado (PEC), que ha de regir el procedimiento de diseño, instalación y certificación del sistema de cableado estructurado, deberá cumplir las prescripciones recogidas en las diferentes órdenes respectivas a cada Comunidad.
Al objeto de garantizar que los inmuebles cuenten con elementos constructivos y de obra civil suficientes para albergar los distintos subsistemas de cableado estructurado incluidos en el PEC, el diseño arquitectónico del edificio deberá tomar como obligaciones de carácter técnico determinadas prescripciones.
Cualquier proyecto de implementación de sistemas de cableado estructurado en inmueble, deberá respetar las prescripciones de diseño, instalación y certificación recogidas en las normativas corresondientes, como garantía de calidad y fiabilidad de las infraestructuras desplegadas.
Con carácter general, cualquier actuación sobre un
sistema de cableado estructurado en explotación seguirá
el siguiente protocolo:
-
Elaboración con carácter previo al inicio de los trabajos de un protocolo de actuación por parte de la empresa adjudicataria, que recoja el alcance y programación prevista de las tareas de instalación. Dicho protocolo deberá ser aprobado por el Organismo Contratante.
-
Comunicación de la fecha y hora de las actuaciones a la persona responsable de la sede por parte de la empresa adjudicataria.
-
Salvo actuaciones de emergencia, las personas responsables de las sedes no permitirán el acceso del personal de instalación si no han comunicado previamente su visita.
-
Realización de los trabajos.
-
Revisión de la actuación realizada por el Organismo Contratante y la empresa adjudicataria.
